2026-06-05

Admiten una demanda ambiental contra el Estado chileno y compañías mineras por presuntos impactos en Tierra Amarilla

Habitantes de Tierra Amarilla presentaron una demanda por daño ambiental contra el Fisco de Chile, Lundin Mining SpA, Compañía Contractual Minera Candelaria y Compañía Contractual Minera Ojos del Salado. El tribunal acogió la acción a trámite, pero rechazó una medida cautelar.

El Primer Tribunal Ambiental de Chile admitió a trámite una demanda por presunto daño ambiental presentada por habitantes de la comuna de Tierra Amarilla contra el Estado chileno y varias empresas mineras que operan en la zona. La acción judicial busca determinar si existe una afectación ambiental derivada de depósitos y acopios de residuos mineros ubicados en sectores cercanos a áreas urbanas.

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La demanda fue presentada contra el Fisco de Chile, además de las compañías mineras vinculadas a las operaciones Candelaria y Ojos del Salado. Los demandantes sostienen que la presencia de botaderos y depósitos de material minero próximos a viviendas, establecimientos educativos y otros espacios comunitarios habría generado impactos sobre distintos componentes ambientales y sobre la calidad de vida de la población local.

Según la presentación judicial, los efectos denunciados serían de carácter acumulativo y se extenderían sobre elementos como el aire, los suelos, la flora, la fauna y el entorno humano. Los vecinos argumentan que las emisiones de material particulado provenientes de estas instalaciones continúan afectando a distintos sectores de la comuna.

Entre las medidas solicitadas al tribunal figuran la remoción o confinamiento definitivo de depósitos de residuos mineros, la implementación de programas permanentes de monitoreo ambiental y la realización de estudios independientes para evaluar la dispersión de material particulado. También se requirió que las empresas demandadas asuman los costos de las eventuales acciones de remediación y seguimiento ambiental.

Junto con la demanda, los vecinos solicitaron una medida cautelar destinada a realizar análisis químicos y mineralógicos sobre materiales depositados en áreas cercanas a sectores residenciales y educativos. Sin embargo, el tribunal resolvió no otorgar esa medida en esta etapa del proceso al considerar que los antecedentes aportados no permitían acreditar un riesgo inminente que justificara una intervención urgente.

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La resolución que admite la demanda no implica un pronunciamiento sobre el fondo del caso, sino el inicio formal del procedimiento judicial. A partir de ahora, las partes demandadas deberán ser notificadas y tendrán la oportunidad de presentar sus descargos antes de que el tribunal avance en el análisis de los antecedentes y determine si existió o no daño ambiental.

 

M&D con información de Reporte Minero

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