Actividad minera en alta cordillera

Las nevadas obligaron a San Juan a postergar hasta febrero la temporada minera y complican los planes de exploración

El Consejo Minero modificó excepcionalmente el calendario de trabajos en alta montaña para la temporada 2026-2027, tras un pedido de la Cámara Minera de San Juan. La acumulación de nieve, los caminos inaccesibles y los riesgos para los trabajadores llevaron a reconocer una situación de fuerza mayor que tiene consecuencias para las empresas, sus inversiones y los proveedores.
Calingasta, camino a los Azules, Altar y a la Copita.
Calingasta, camino a los Azules, Altar y a la Copita.

El Consejo Minero de San Juan estableció el 1 de febrero de 2027 como nueva fecha de inicio de la temporada de trabajos en las áreas de alta cordillera comprendidas en la denominada Zona de Temporada, mediante la Resolución N.º 500, del 6 de noviembre de 2026, que modifica excepcionalmente el calendario vigente desde hace casi cuatro décadas.

La decisión responde a una presentación formal de la Cámara Minera de San Juan, firmada por su directora ejecutiva, Sandra Barceló, mediante la cual la entidad solicitó modificar los plazos habituales debido a las extraordinarias nevadas registradas durante 2026 y a la imposibilidad de desarrollar normalmente los trabajos comprometidos por las empresas.

La Resolución N.º 216, del 3 de octubre de 1989, establecía que el período de trabajos en estas zonas comenzaba el 30 de octubre de cada año y finalizaba el 30 de abril del siguiente, por lo que la nueva disposición posterga el inicio de la temporada aproximadamente tres meses.

La resolución, de carácter excepcional y aplicable exclusivamente a la campaña 2026-2027, constituye un reconocimiento administrativo de que las condiciones climáticas impiden cumplir normalmente con determinadas obligaciones de trabajo en alta montaña.

Una decisión fundada en la seguridad

El informe de la Dirección Técnica Geológica Minera, incorporado al expediente N.º 1124-000731-2026, señala que los estudios técnicos y nivometeorológicos realizados por organismos provinciales identificaron una acumulación extraordinaria de nieve y la presencia de mantos compactados en sectores situados entre los 3.000 y 3.500 metros sobre el nivel del mar.

Los especialistas advirtieron que la acumulación de nieve y hielo sobre caminos y huellas mineras, sumada a los riesgos de desprendimientos de rocas, avalanchas y desplazamientos de materiales en las quebradas, configura una situación que impide materialmente desarrollar actividades de prospección, exploración superficial, instalación de plataformas de perforación y permanencia del personal en determinados sectores.

Sobre la base de esos informes, la autoridad minera consideró que existen condiciones extraordinarias que justifican aceptar el planteo empresarial por razones de fuerza mayor.

La decisión también constituye una medida preventiva frente a los riesgos que supondría exigir el ingreso de trabajadores y maquinaria a sectores donde todavía no están garantizadas las condiciones de seguridad.

Qué implica para las empresas

Una de las principales consecuencias es que las compañías que realizan trabajos comprendidos en la Zona de Temporada disponen de un nuevo marco administrativo para organizar sus campañas y justificar las dificultades provocadas por el invierno extraordinario.

Esto resulta especialmente importante porque la exploración minera depende de períodos relativamente breves en los que las condiciones climáticas permiten trasladar equipos, instalar campamentos, realizar perforaciones y obtener información geológica necesaria para avanzar con los proyectos.

La postergación también puede afectar los presupuestos, las contrataciones y los cronogramas de inversión, especialmente cuando las empresas necesitan completar determinados trabajos para actualizar sus estudios técnicos y definir las siguientes etapas de desarrollo.

Sin embargo, existe una diferencia fundamental: la resolución establece una nueva fecha de inicio de temporada, pero no dispone expresamente una prórroga de su finalización, prevista originalmente para el 30 de abril.

Por lo tanto, si ese plazo final permanece vigente, la temporada formal comprendida entre febrero y abril será considerablemente más corta que la habitual, una circunstancia que podría limitar la cantidad de trabajos realizables durante la campaña.

La disposición tampoco establece una suspensión general de las operaciones mineras ni modifica expresamente las obligaciones particulares de cada concesionario, por lo que sus efectos deberán interpretarse de acuerdo con las áreas comprendidas en la Zona de Temporada y las disposiciones que correspondan a cada proyecto.

Proyectos que ya habían cambiado sus planes

La medida llega cuando varias compañías que desarrollan proyectos en San Juan habían comenzado a modificar sus programas de exploración y operaciones debido a las consecuencias de los temporales.

Según informó anteriormente Minería & Desarrollo, los responsables de Vicuña, Los Azules, Altar y Gualcamayo expusieron durante un encuentro organizado por la Cámara Minera las dificultades que enfrentaban para recuperar caminos, movilizar equipos y comenzar sus campañas.

En el caso de Vicuña, que integra Josemaría y Filo del Sol, las nevadas obligaron a extender el operativo invernal hasta fines de octubre y a reprogramar tareas de perforación, mientras que Los Azules concentró esfuerzos en recuperar accesos y Altar enfrentó dificultades para definir el inicio de sus actividades.

Estos antecedentes permiten dimensionar las consecuencias de la resolución, aunque no significan que todos los proyectos deban interrumpir sus actividades hasta febrero ni que las empresas hayan anunciado nuevas modificaciones de sus planes como consecuencia directa de esta disposición.

Las consecuencias para los proveedores

La reducción del tiempo disponible para trabajar en alta cordillera también representa un problema para las empresas proveedoras, especialmente aquellas dedicadas a perforaciones, movimientos de suelo, apertura de caminos, transporte de personal y equipos, servicios de campamento y mantenimiento de maquinaria.

Para estas compañías, los retrasos pueden traducirse en equipos inmovilizados, contratos postergados, mayores costos operativos y dificultades para organizar sus planteles de trabajadores.

La Cámara de Empresas Perforistas de San Juan ya había advertido durante octubre que la incertidumbre respecto del comienzo de las campañas estaba afectando la planificación de contrataciones y la utilización de equipos especializados.

Desde el punto de vista económico, la resolución reconoce una situación extraordinaria, pero no establece compensaciones para proveedores, mecanismos de recuperación de costos ni nuevas condiciones contractuales entre las empresas mineras y sus contratistas.

Por ese motivo, las consecuencias económicas dependerán de los acuerdos particulares, de la posibilidad de reprogramar los trabajos y de la evolución de las condiciones climáticas durante los próximos meses.

Un antecedente para la administración minera

La decisión del Consejo Minero introduce además un antecedente importante para la relación entre el Estado y las compañías que desarrollan proyectos en alta montaña, porque reconoce formalmente que un fenómeno climático extraordinario puede impedir el cumplimiento de los calendarios de trabajo establecidos por la normativa.

No obstante, reconocer una situación de fuerza mayor no significa conceder automáticamente excepciones sobre todos los compromisos de inversión o las obligaciones mineras, y la Resolución N.º 500 no dispone expresamente una exención general de esas responsabilidades.

La medida fue adoptada por el Consejo Minero presidido por el secretario técnico, ingeniero Pablo A. Fernández, e integrado por los consejeros Eduardo E. Balmaceda y Juan Ricardo Quiroga, que respaldaron el pedido de la Cámara Minera sobre la base de los antecedentes técnicos incorporados al expediente.

El principal interrogante ahora es cuánto trabajo podrán recuperar las empresas durante el verano y si las condiciones de acceso permitirán ejecutar las inversiones previstas antes de que vuelva a comenzar el invierno de 2027.

La respuesta tendrá consecuencias no solamente sobre los programas de exploración, sino también sobre la actividad de los proveedores, el empleo y los plazos de avance de varios proyectos mineros sanjuaninos.