Control de los recursos provinciales

Mendoza revocó permisos mineros por falta de inversiones y reafirmó la autoridad del Estado sobre los recursos

La Dirección de Minería dejó sin efecto dos permisos de exploración de Newera Hydrogen SAS, vinculada a Guillermo Miguel Wild Ceruzzi, que abarcan 5.920 hectáreas en Malargüe. La decisión destaca la obligación de las provincias de fiscalizar los derechos mineros, proteger las inversiones y evitar que áreas con potencial permanezcan inmovilizadas sin actividad.
Paisaje cordillerano de Malargüe, Mendoza, donde la provincia revocó dos permisos de exploración minera que abarcan 5.920 hectáreas por incumplimiento de las obligaciones de sus titulares.
Paisaje cordillerano de Malargüe, Mendoza, donde la provincia revocó dos permisos de exploración minera que abarcan 5.920 hectáreas por incumplimiento de las obligaciones de sus titulares.

El Gobierno de Mendoza resolvió revocar dos permisos de exploración minera otorgados a Newera Hydrogen SAS, luego de determinar que la empresa no había acreditado el inicio de las actividades dentro de los plazos legales. La medida fue instrumentada mediante las resoluciones 672/26 y 674/26 de la Dirección de Minería, a cargo de Jerónimo Shantal.

Los derechos comprendían dos áreas de 5.433 y 487 hectáreas, respectivamente, en el departamento de Malargüe. Ambas autorizaciones habían sido otorgadas originalmente en noviembre de 2024 a Guillermo Miguel Wild Ceruzzi, quien posteriormente las transfirió a Newera Hydrogen SAS.

Wild Ceruzzi también figura como administrador titular de esa sociedad, constituida el 6 de marzo de 2025. Según la publicación del Boletín Oficial de la Nación del 27 de marzo de ese año, María Paula Terrel fue designada administradora suplente, mientras que NEM Holdings Inc., registrada en Salta, aparece como accionista fundadora de la compañía.

La participación de Wild Ceruzzi no se limita a esos permisos porque también aparece como representante de NEM Holdings Inc. y administrador titular de NewEra Uranium SAS, otra sociedad constituida en Mendoza durante 2026. Esa vinculación surge de los registros societarios oficiales y no implica que esta última empresa haya sido alcanzada por las revocaciones.

El dominio provincial

La decisión vuelve a colocar en primer plano una responsabilidad fundamental de las autoridades mineras argentinas: los recursos minerales pertenecen originariamente a las provincias, que deben garantizar su administración conforme a la legislación vigente.

El artículo 124 de la Constitución Nacional reconoce ese dominio provincial, mientras que el Código de Minería regula los derechos que pueden adquirir los particulares sobre las minas y las condiciones que deben cumplir para conservarlos.

Esta diferencia permite distinguir la propiedad originaria de los recursos de los derechos legalmente concedidos para explorarlos y explotarlos.

El Estado tiene la responsabilidad de proteger a los inversores que cumplen sus obligaciones, pero también debe intervenir cuando se acreditan incumplimientos que justifican la pérdida de derechos. La existencia de autoridades capaces de ejercer ambas funciones resulta fundamental para garantizar seguridad jurídica.

La revocación de los permisos mendocinos no responde a la ausencia de descubrimientos minerales, sino a la falta de acreditación del inicio de los trabajos exigidos por la normativa.

Esta distinción es importante porque explorar implica asumir riesgos económicos y geológicos, sin garantías de encontrar un yacimiento explotable.

Áreas e inversiones

La administración de las propiedades mineras adquiere especial relevancia en provincias con grandes extensiones de territorio prospectivo y numerosas empresas interesadas en desarrollar proyectos. Mantener áreas sin actividad puede impedir que otros inversores accedan a oportunidades de exploración.

Mendoza informó que, tras las revocaciones, Impulsa Mendoza Sostenible SA tendrá un plazo de 30 días hábiles para manifestar su interés en las superficies involucradas. Si no ejerce la preferencia prevista, el procedimiento podrá avanzar hacia su liberación conforme a las disposiciones legales.

La situación también plantea la necesidad de contar con catastros mineros actualizados, programas de trabajo verificables y controles capaces de determinar qué empresas cumplen sus obligaciones. Esto permite diferenciar los proyectos que atraviesan dificultades técnicas o financieras de aquellos cuyos titulares incumplen exigencias legales.

En provincias como San Juan, donde conviven grandes proyectos de cobre, explotaciones de oro y cientos de propiedades en exploración, esa capacidad de fiscalización es especialmente importante.

La autoridad minera debe garantizar tanto la continuidad de las inversiones legítimas como la aplicación de las normas que regulan el mantenimiento de los derechos.

Seguridad jurídica

La seguridad jurídica no consiste solamente en garantizar que una empresa conserve sus propiedades mineras, sino también en exigir que cumpla las condiciones establecidas por la legislación. Los inversores necesitan reglas previsibles, procedimientos transparentes y autoridades capaces de resolver conflictos con criterios técnicos.

Esto también exige respetar el derecho de defensa de los titulares y distinguir entre incumplimientos comprobados y situaciones en las que una empresa desarrolla trabajos sin resultados económicamente favorables. La pérdida de un derecho minero debe responder a causales legales y no a decisiones discrecionales.

La identificación de los responsables y representantes societarios también forma parte de la transparencia que necesita la administración minera. Conocer quién solicita un permiso, quién lo recibe mediante una cesión y qué sociedad asume las obligaciones facilita la fiscalización y permite evaluar adecuadamente cada expediente.

La actuación de Mendoza constituye un antecedente relevante para la administración de las propiedades mineras en Argentina. Una autoridad que controla el cumplimiento de las obligaciones, protege los derechos adquiridos y aplica las normas contribuye a que las áreas con potencial geológico puedan traducirse en nuevas inversiones.

El principio que deja esta decisión es que el Estado provincial no pierde su responsabilidad sobre los recursos minerales cuando otorga derechos a particulares. Por el contrario, debe ejercerla permanentemente para asegurar que esos derechos se administren conforme a la ley y que existan condiciones para generar exploración, empleo y desarrollo de proveedores.

 

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