Reformas para fortalecer la fiscalización

Chile avanza en una reforma para modernizar el control ambiental y mejorar el cumplimiento de las empresas mineras

El país vecino impulsa una modificación de las facultades de su Superintendencia del Medio Ambiente para agilizar procedimientos, fortalecer las inspecciones y promover la corrección de incumplimientos. La iniciativa, que ya fue aprobada por Diputados, se encuentra en discusión en el Senado y plantea un modelo que combina prevención, sanciones y mayor eficiencia administrativa.
Por Martín Walker

Chile está avanzando en una transformación de su sistema de fiscalización ambiental que puede tener consecuencias importantes para la minería, una de las actividades industriales sometidas a mayores exigencias de control por sus impactos sobre el agua, el aire, los suelos y los ecosistemas.

La iniciativa busca modificar la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), organismo estatal encargado de fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones ambientales de las empresas y aplicar medidas cuando detecta irregularidades.

El superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, y la fiscal subrogante, Katharina Buschmann, presentaron los principales avances durante un seminario virtual organizado por la institución, que reunió a más de 160 participantes y permitió conocer los cambios propuestos y su estado de tramitación legislativa.

Un nuevo modelo

Una de las novedades más importantes es que Chile pretende evolucionar desde un sistema centrado principalmente en sancionar infracciones hacia otro que también priorice la prevención, la corrección de incumplimientos y la utilización más eficiente de los recursos públicos.

Esto no significa eliminar multas ni reducir las exigencias ambientales, sino establecer mecanismos que permitan a la autoridad intervenir de manera más oportuna y diferenciar las irregularidades según su gravedad.

Entre las modificaciones presentadas figuran procedimientos simplificados para infracciones leves, nuevas conductas sancionables, mecanismos alternativos de resolución, mejoras en los incentivos al cumplimiento y una redistribución de competencias para fiscalizar las normas de ruido.

Para las compañías mineras, el cambio podría representar una mayor claridad sobre cómo responder ante observaciones de la autoridad, aunque también supone la necesidad de sostener sistemas de monitoreo y cumplimiento capaces de detectar problemas antes de que se conviertan en infracciones graves.

Avances legislativos

La reforma comenzó su recorrido en el Congreso chileno en enero de 2024 y recibió la aprobación de la Cámara de Diputadas y Diputados el 21 de enero de 2025, por lo que superó su primera etapa legislativa y pasó al Senado.

Identificada con el boletín 16.553-12, la propuesta se encontraba al cierre de octubre de 2026 en su segundo trámite constitucional, con discusión y votación particular en la Comisión de Medio Ambiente del Senado.

El avance es significativo porque la modernización de las facultades de fiscalización no depende solamente de decisiones administrativas, sino de cambios en la legislación que regula el funcionamiento de la autoridad ambiental.

Más control y respuestas rápidas

El texto aprobado inicialmente por Diputados contempla reducir los plazos de gestión de denuncias ambientales, con un máximo propuesto de 10 días para comunicar su admisibilidad y 90 días para entregar resultados, además de permitir la reserva de identidad del denunciante durante la investigación.

También propone ampliar las facultades preventivas de la autoridad frente a riesgos graves e inminentes, fortalecer las atribuciones de fiscalización y establecer mecanismos de corrección para incumplimientos menores que no produzcan daños ambientales ni riesgos significativos.

En su formulación inicial, la reforma contemplaba elevar los topes máximos de multas hasta 20.000 Unidades Tributarias Anuales para las infracciones gravísimas, aunque el alcance definitivo de estas disposiciones depende del texto que finalmente apruebe el Congreso.

Una experiencia para Argentina

El proceso chileno ofrece una referencia para las provincias mineras argentinas, donde las autoridades de aplicación deben controlar proyectos de creciente complejidad técnica y ambiental, muchas veces en territorios de alta montaña y con importantes limitaciones de recursos.

En Argentina, la evaluación y fiscalización ambiental minera corresponde principalmente a las provincias, por lo que cualquier comparación debe considerar que Chile dispone de una institucionalidad nacional especializada y de organismos con competencias diferenciadas.

La experiencia del país vecino muestra que el fortalecimiento de los controles ambientales puede acompañarse de procedimientos más ágiles y mecanismos que faciliten el cumplimiento efectivo de las obligaciones empresariales.

Para proyectos de cobre, litio y oro que requieren inversiones de largo plazo, disponer de autoridades técnicamente capacitadas, procedimientos previsibles y controles verificables puede contribuir tanto a la protección ambiental como a la seguridad jurídica.

Chile todavía debe completar la discusión legislativa y demostrar posteriormente que los cambios producen mejores resultados, pero el debate ya ofrece una enseñanza para Argentina: modernizar la fiscalización no necesariamente significa agregar trámites, sino mejorar la capacidad del Estado para prevenir irregularidades, corregir incumplimientos y sancionar cuando corresponda.

 

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