2026-09-25

Compras con identidad provincial

San Juan licita el REPROMIN y prevé recibir el sistema en diciembre que es clave para poner en marcha la ley de proveedores locales

La contratación tiene un presupuesto oficial de US$242.000 y fija la recepción provisoria para el 1 de diciembre. El registro certificará a los proveedores que podrán computarse en las metas de compras locales de la minería, aunque el aviso todavía no confirma cuándo se abrirá la plataforma a las empresas.

El Ministerio de Minería de San Juan convocó a la Licitación Pública 03-2026 para desarrollar el sistema del Registro de Proveedores Mineros de San Juan (REPROMIN). Las ofertas se abrirán el 1 de octubre, a las 9, en la Escribanía Mayor de Gobierno.

El aviso oficial del 23 de septiembre fija un presupuesto de US$242.000 y un costo del pliego de $2 millones. Comprende cuatro módulos y su puesta en producción.

El adjudicatario entregará código fuente, documentación técnica y capacitación. Prestará mantenimiento, soporte y asistencia para validar datos de proveedores desde el 1 de diciembre de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2027.

La contratación instrumenta una pieza central de la Ley 2827-M de Desarrollo Local Minero, publicada en el Boletín Oficial del 16 de julio. El desafío será certificar empresas, facilitar negocios y verificar compromisos de contratación local.

Para qué servirá

El artículo 11 crea un registro único, oficial, público, de consulta libre y actualizado para identificar, clasificar y certificar la oferta local de bienes, obras y servicios. También debe facilitar convocatorias y comunicaciones entre mineras, contratistas y proveedores, con trámites simples y datos que puedan validarse con otros organismos.

Su importancia aparece en el artículo 9: únicamente las contrataciones con proveedores inscriptos y certificado vigente podrán computarse para la meta local del 60%. Ese objetivo se calcula sobre el monto anual de adquisiciones y contrataciones vinculadas al proyecto, realizadas directamente por la minera o mediante contratistas.

La ley exige planes obligatorios con metas crecientes y verificables para alcanzar ese porcentaje durante la ejecución del proyecto. Permite excluir de la base de cálculo contrataciones sin oferta local en condiciones razonables de calidad, capacidad, cantidad, oportunidad o precio, siempre con justificación técnica.

Distinguirá proveedores de comunidades de influencia y del resto provincial, clasificados como industriales, comerciales, de servicios o constructoras. La ley prioriza al departamento de influencia directa y reconoce el mayor agregado de valor local.

Quiénes podrán inscribirse

El artículo 12 exige establecimiento operativo habilitado, domicilio legal y fiscal y arraigo local verificable, con alternativas y excepciones específicas. También contempla al menos 80% de empleo local en la nómina promedio anual vinculada a contratos mineros provinciales y la radicación de los vehículos afectados, con las salvedades legales.

Los requisitos de antigüedad distinguen, según el caso, 24 meses para proveedores de comunidades de influencia y 12 meses para los del resto provincial. La certificación deberá comprobar actividad efectiva y cumplimiento de esas condiciones.

Estar inscripto facilitará invitaciones a cotizar, acceso a información sobre futuras compras y participación en programas de capacitación, asistencia y financiamiento. El artículo 15 aclara que esos beneficios no aseguran un contrato ni eximen de cumplir exigencias técnicas, económicas, legales, ambientales o de seguridad.

Diciembre como horizonte

El aviso fija la recepción provisoria para el 1 de diciembre de 2026 y la definitiva treinta días corridos después, que llevarían al 31 de diciembre si se cumple el cronograma. Esta última depende de que no existan incidentes críticos o altos pendientes y de que se complete la transferencia de conocimiento.

Por eso, diciembre es la estimación mejor respaldada para la disponibilidad operativa inicial del sistema, condicionada a la adjudicación y a una implementación sin demoras. La recepción técnica no equivale automáticamente a la apertura de inscripciones: el aviso no precisa esa fecha ni el calendario de certificación de proveedores.

Por qué es importante

Para una empresa local, conocer con anticipación qué demandará una minera permite preparar personal, equipos y una oferta competitiva. La ley obliga a planificar esas necesidades y comunicar oportunidades, mientras el REPROMIN debe aportar una base verificable de quién puede abastecerlas.

 

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