2025-12-30

La Justicia mendocina rechazó un amparo y dio luz verde para los primeros proyectos mineros en Malargüe

El fallo rechazó el recurso judicial y avaló las DIA ratificadas por la Legislatura. La Justicia confirmó que los proyectos solo habilitan exploración, con controles ambientales.

En un cierre de año marcado por la intensidad en los tribunales mendocinos, la estrategia judicial de las organizaciones ambientalistas sufrió un duro golpe. Este 30 de diciembre, mientras la provincia se preparaba para el balance de 2025, el Tribunal de Gestión Asociada-Tercero dictó una sentencia que no solo rechaza un amparo clave, sino que ratifica políticamente el rumbo tomado por el Gobierno de Alfredo Cornejo en el sur provincial.

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La decisión de la jueza María Angélica Gamboa cayó como un balde de agua fría sobre la Fundación Cullunche y el abogado Eduardo Sosa. Los demandantes habían intentado frenar, a través de una acción de inconstitucionalidad, la vigencia de la Ley 9.588, aquella norma que meses atrás le dio luz verde a las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA) de los primeros 34 proyectos de exploración en el Malargüe Distrito Minero Occidental (MDMO).

La crónica de este conflicto judicial revela una tensión constante entre el desarrollo extractivo y la protección de los recursos naturales. En su fallo, la magistrada fue tajante al señalar que no se probaron irregularidades sustanciales en el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. Para la justicia, el desacuerdo técnico de los ambientalistas no constituye por sí solo una ilegalidad, sino más bien una diferencia de criterio frente a los organismos expertos que ya habían avalado los proyectos.

Uno de los puntos más debilitantes para la demanda fue la falta de individualización del daño. La jueza cuestionó que se atacara en bloque a los 34 proyectos con argumentos genéricos, cuando cada emprendimiento —como el caso de El Perdido, de la canadiense Kobrea— cuenta con su propio expediente y características técnicas específicas. Además, el tribunal desestimó la legitimación de Eduardo Sosa como coactor, al entender que no logró acreditar una afectación directa o indirecta que lo habilitara a litigar en nombre del interés público.

Con este fallo, la justicia mendocina reafirma que el control estatal es adecuado para esta etapa inicial de exploración. La sentencia deja en claro que las actividades autorizadas son progresivas y que cuentan con la supervisión de una Unidad de Gestión Ambiental (UGA), la cual tiene la potestad de actualizar los controles año tras año.

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Mientras las organizaciones ambientalistas recalculan su estrategia —que incluía también planteos ante la Justicia Federal y la Corte Suprema—, el Gobierno provincial respira aliviado. Esta habilitación judicial no es solo un permiso técnico; es el espaldarazo que faltaba para que las perforaciones de cobre en el sur mendocino comiencen a ser una realidad tangible en el inicio de 2026, despejando los nubarrones que amenazaban la previsibilidad jurídica que tanto reclama el sector inversor.

 

MyD con información de Sitio Andino

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