ARCA suspendió embargos y ejecuciones fiscales, pero el beneficio no alcanza a todas las empresas

El organismo recaudador mantiene suspendido el inicio de ejecuciones fiscales y la aplicación de embargos para determinados contribuyentes. La medida busca aliviar las dificultades financieras, aunque no implica una condonación de deudas ni comprende de manera general a las pymes.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso distintas prórrogas para suspender el inicio de ejecuciones fiscales y, en determinados casos, la aplicación de medidas cautelares sobre contribuyentes con obligaciones tributarias pendientes.

La Resolución General 5885/2026 establece la suspensión hasta el 31 de diciembre de 2026 para contribuyentes del sector salud y entidades sin fines de lucro registradas ante ARCA, con excepciones previstas para proteger los intereses fiscales.

Por otra parte, la Resolución General 5870/2026 prorrogó hasta el 30 de junio de 2027 determinadas ejecuciones fiscales vinculadas con las deudas contempladas en el artículo 116 bis de la Ley 11.672. Esta disposición tampoco representa una suspensión universal de los embargos.

El artículo 116 bis de la Ley 11.672 alcanza a empresas beneficiarias del Régimen de Promoción Industrial (Ley 22.021) y a deudas generadas hasta el período fiscal 2015. Esas deudas surgieron porque las firmas utilizaron más bonos de crédito fiscal que los reconocidos originalmente.

La norma prevé su condonación cuando la empresa acredita el cumplimiento de sus obligaciones promocionales, y mientras ARCA verifica ese requisito se mantienen suspendidas las ejecuciones fiscales. Por lo tanto, la prórroga beneficia solo a ese universo puntual de contribuyentes y no constituye un alivio general para el resto de las compañías.

El reclamo empresario

La posibilidad de extender el alivio fiscal a las pequeñas y medianas empresas viene siendo reclamada por distintas organizaciones empresariales ante las dificultades de financiamiento y la caída de actividad.

La Unión Industrial Argentina solicitó una suspensión de embargos y ejecuciones fiscales por 180 días, al considerar que la inmovilización de cuentas bancarias agrava los problemas de liquidez y compromete el funcionamiento de las empresas.

El problema también alcanza potencialmente a proveedores de la industria minera, especialmente a pequeñas empresas que necesitan mantener capital de trabajo para pagar salarios, comprar insumos y sostener contratos mientras esperan cobrar sus servicios.

Para estas compañías, una suspensión general de embargos podría representar una herramienta de alivio financiero, pero hasta el momento no corresponde presentar ese beneficio como una medida vigente para todo el sector productivo.

 

 

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