Por amplia mayoría, San Juan aprobó la nueva ley de proveedores mineros
La Cámara de Diputados de San Juan aprobó este jueves, por amplia mayoría, la Ley de Desarrollo Local Minero (también conocida como ley de proveedores mineros), una iniciativa impulsada por el gobierno provincial, que busca fortalecer la participación de trabajadores, empresas y proveedores sanjuaninos en la cadena de valor de los proyectos mineros que se desarrollen en la provincia.
La nueva normativa establece un marco para promover el desarrollo de proveedores locales, incentivar la contratación de mano de obra sanjuanina y generar mayores oportunidades para las pymes vinculadas a la actividad, con el objetivo de maximizar el impacto económico y social de las inversiones mineras en el territorio provincial.
La sexta sesión ordinaria comenzó poco después de las 10, una hora más tardedel horario previsto, y fue encabezada por el vicepresidente primero de la Cámara de Diputados, Enzo Cornejo, debido a que el vicegobernador Fabián Martín asumió de manera transitoria el ejercicio del Poder Ejecutivo.
Si bien el oficialismo llegó al recinto con despacho favorable luego del tratamiento en comisiones junto a los bloques dialoguistas, el respaldo a la iniciativa terminó siendo mayor al esperado. El bloque Justicialista, que durante el debate en comisión se había retirado sin suscribir el dictamen, resolvió acompañar el proyecto tras dejar asentadas una serie de observaciones técnicas.
De esta manera, la Ley de Desarrollo Local Minero fue aprobada con 32 votos a favor y dos en contra. El único diputado ausente al momento de la votación fue Fernando Patinella, del bloque La Libertad Avanza.
Las claves de la ley
La Ley de Desarrollo Local Minero se apoya en tres ejes centrales: promover el desarrollo de las comunidades de influencia de los proyectos, impulsar la contratación de mano de obra sanjuanina y fortalecer a los proveedores locales mediante el agregado de valor.
Para cumplir esos objetivos, las empresas mineras deberán presentar planes de desarrollo de empleo y de proveedores locales, con metas de alcanzar progresivamente un 80% de trabajadores sanjuaninos y un 60% de compras a empresas radicadas en la provincia, siempre que exista oferta local en condiciones competitivas.
La norma también establece un orden de prioridad para las contrataciones, privilegiando primero a las empresas de las comunidades de influencia directa, luego a las del resto de la provincia y, finalmente, a proveedores nacionales o extranjeros.
Como herramienta central, crea el Registro de Proveedores Mineros de San Juan (RE.PRO.MIN.), un padrón público y digital que será de consulta obligatoria para las operadoras y sus principales contratistas. Para inscribirse, las empresas deberán acreditar arraigo en la provincia, contar con un establecimiento operativo, mayoría de capital local, una dotación compuesta mayoritariamente por trabajadores sanjuaninos y cumplir con sus obligaciones fiscales.
La ley también prevé incentivos para los proveedores registrados, como acceso a líneas de financiamiento, programas de capacitación, asistencia técnica y una participación prioritaria en los procesos de compra de las compañías mineras. Además, encomienda al Ministerio de Minería la administración del registro y el diseño de políticas para cerrar las brechas entre la oferta local y la demanda de la industria.
Finalmente, la normativa incorpora un régimen de control y sanciones para empresas y proveedores que incumplan sus obligaciones, con multas económicas y la posibilidad de suspender o cancelar la inscripción en el registro provincial.